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Por Jaime Rozas , 27 de julio de 2021

Sernapesca realiza profunda “limpieza” del Registro Nacional de Acuicultura y elimina 130 pisciculturas por no operación

Foto: Referencial.
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La cifra equivale al 33 % del total de este tipo de recintos inscritos en el RNA, por lo que se trata de la depuración más grande que alguna vez haya realizado el Servicio. La Región de Los Lagos concentra el mayor número de inscripciones canceladas, con 55.

El Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura eliminó recientemente 130 inscripciones de pisciculturas del Registro Nacional de Acuicultura (RNA), por no haber tenido operación en los últimos cuatro años.

La medida se concretó el pasado martes 20 de julio, con la publicación en el Diario Oficial de la Resolución Exenta 309 de Sernapesca, la cual lista los centros y titulares afectados por la medida.

El acto administrativo se tomó tras una fiscalización documental de Sernapesca que consistió en la revisión de operaciones registradas por todas las pisciculturas a nivel nacional, en concordancia con el artículo 90 ter de la Ley General de Pesca y Acuicultura, que establece que el Servicio debe eliminar del RNA la inscripción de pisciculturas y centros de cultivo que no informen operación en un plazo de cuatro años consecutivos.

A junio de 2020 —de acuerdo a información de Sernapesca entregada con anterioridad a Diario Acuícola vía Ley de Transparencia—, el RNA contaba con 391 pisciculturas en estado «vigente», por lo que con esta masiva depuración del registro, el listado quedaría al menos con 261 pisciculturas, es decir, se elimina del registro el 33 % de este tipo de recintos.

Pisciculturas eliminadas

Esta cancelación de inscripciones es la eliminación más grande realizada por la autoridad acuícola-pesquera desde 2007, año que entró en vigencia la normativa que establece un periodo de cuatro años de no operación como causal de eliminación del registro. La “limpieza” más grande previamente había ocurrido en 2011 con la eliminación de 37 pisciculturas del registro (Resolución 1952 de 2011 de Sernapesca), mientras que durante la década siguiente adicionalmente se eliminaron del listado otros nueve recintos.

De esta forma, desde el 2011 a la fecha se ha cancelado del registro un número de pisciculturas mayor que la cantidad de recintos que efectivamente ha estado operando en los últimos años. En 2020, por ejemplo, hubo 159 pisciculturas que registraron operación, de las cuales 153 (el 96,2 %) produjeron ovas y/o smolts de salmónidos (las otras seis cultivaron abalón rojo, esturión de Siberia, esturión blanco, sargo y ostra del Pacífico).

De las 130 pisciculturas cuya inscripción la autoridad acaba de cancelar, 44 nunca habían informado operación desde su ingreso al RNA. Dentro de este grupo se encuentran recintos que contaban con autorización de acuicultura desde fines de la década de los 80, hasta pisciculturas inscritas recién en 2015.

Asimismo, de las 96 restantes que sí habían registrado operación, 36 lo habían hecho por última vez antes del 2011 —incluso tres de ellas por última vez el 2001—, mientras que febrero de 2016 era el mes más reciente con operación dentro de la lista de pisciculturas eliminadas.

Por zona geográfica, la Región de Los Lagos concentra el mayor número de inscripciones canceladas, con 55, seguida de Aysén (23) y Los Ríos (15). El resto se encuentra en las regiones de Coquimbo (3), Valparaíso (8), Metropolitana (5), Maule (7), Biobío (9) y Magallanes (5).

La gran mayoría de los recintos estaba autorizado para el cultivo de salmónidos, pero también había pisciculturas autorizadas para especies no salmónidas, como el camarón del río del Norte, langosta dulce y diversas algas. 

En el listado también aparecen 110 titulares, siendo Mowi Chile el titular con el mayor número de pisciculturas canceladas, con al menos siete. Otras empresas también afectadas son AquaChile, Camanchaca, Blumar, Invermar, Multiexport Foods, Marine Farm, Salmones Austral y Salmones Antártica, además de instituciones, personas naturales y compañías dedicadas solo al cultivo de smolt. 

De todas maneras, la normativa da un plazo de diez días hábiles, desde la publicación de la resolución en el Diario Oficial, para que los titulares de las referidas pisciculturas puedan formular las alegaciones que estimen pertinentes y aportar, en su caso, los medios de prueba que les permitan desvirtuar la configuración del cese de operación en los términos precedentemente expresados.

Diario Acuícola se contactó con Sernapesca por este tema, pero no hubo respuesta dentro del plazo.

El listado completo de pisciculturas y sus titulares se puede revisar en la Resolución Exenta 309 de Sernapesca, publicada en el Diario Oficial.

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